Actividades

Últimas actividades institucionales durante el 2014

A continuación informamos algunas de las acciones desarrolladas por los integrantes del Consejo Directivo de esta Asociación:

DIRECT TV
Resulta de enorme preocupación para la TV por Cable la actividad que lleva adelante la empresa de televisión satelital directa al hogar DIRECTV. ABT se hace eco de las manifestaciones de miembros de la Comisión Directiva, que reflejan la inquietud de los licenciatarios medianos y pequeños, situación que también se plantea en todas las Asociaciones Provinciales y que en su momento fue planteado en la mesa de la ATVC por medio de sus presidentes. Para tomar conocimiento directo de los problemas, se convocó a una reunión en un hotel de la ciudad de Buenos Aires a operadores de todo el país, a la que asistieron más de 70 representantes de empresas. Se expusieron los beneficios que la LSCA otorga a la empresa multinacional, situación que se ve agravada por la complicidad de las autoridades regulatorias, y a su vez se recibió detallada información sobre las modalidades de operación en distintas zonas del país. Como resultado del intercambio, se avanzó en el estudio de las prácticas comerciales desleales que viene desarrollando DIRECTV, como lo son el denominado "plan vecino" por el que se conectan 4 o 5 domicilios como un solo cliente y el servicio "pre-pago", que además de su agresividad comercial, tiene una enorme fragilidad y vulnerabilidad que permite la violación de la tarjeta, situación que permite utilizar el servicio de manera definitiva sin volver a pagar.

Como parte del plan de difusión de esta problemática, se procedió a publicar una solicitada en los medios gráficos de mayor tirada a nivel nacional y con amplia difusión en los canales locales de las asociadas, medios radiales del interior y páginas de Internet, que fue suscripta por la ABT y el resto de las Asociaciones Provinciales. En la solicitada se explica que DIRECTV es la mayor operadora de TV paga del mundo y que tiene una serie de privilegios que afectan la sana competencia y dañan a las empresas nacionales de Cable y en particular a las PYMES, que son vehículos fundamentales de la democratización de la conectividad en Internet. DIRECTV dispone de un gran poder de mercado y una enorme diferencia de escala frente a sus competidores argentinos.

La ley de medios privilegia este servicio agravando aún más las asimetrías ya existentes respecto del Cable, porque: no incorpora a su programación los canales de aire del interior, afectando el federalismo y cercenando las voces locales; no tiene obligación de producir canales locales en cada ciudad, debilitando la producción regional; cuenta con cobertura nacional con una sola licencia, frente a la absurda limitación de una licencia por pueblo que tiene la TV por Cable, que no usa espectro; tiene un poder de compra en el extranjero para la infraestructura tecnológica que le permite economías de escala, limitadas al Cable por la ley; tiene convenios de compra desde el extranjero para la adquisición y comercialización en exclusividad de contenidos estratégicos, lo que provoca otra grave asimetría con los Cables PYMES y perjudica a una vasta audiencia que no accede a ellos; en los pueblos ofrece su servicio mediante una práctica irregular llamada "plan vecino": una antena que sirve a tres o más hogares; y tiene un acuerdo comercial con las telefónicas para brindar triple play, prohibido por la ley y denunciado ante la Justicia. En este tema, se seguirán analizando otras pautas acordadas en el cónclave mencionado y relacionadas con las acciones y denuncias que la industria debe realizar por las violaciones a las normas vigentes por parte de la empresa satelital.
SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR
Sigue vigente la medida cautelar pronunciada por la Cámara Federal de la ciudad de Mar del Plata desde el año 2011, en la que resuelve hacerle saber a la Secretaría de Comercio Interior que deberá suspender la aplicación y abstenerse de ejecutar y cumplir los efectos de la resolución N° 50/2010, decisión que favoreció al cable operador de esa ciudad y luego se ampliara a todos los socios de la ATVC. Se reconoce en esta etapa la continuidad de presiones hacia algunos asociados, de parte de funcionarios del orden municipal y provincial. Se dieron respuestas a notas recibidas de los Organismos de Defensa del Consumidor Municipal e incluso responder un importante número de oficios de Juzgados del interior del país. Con relación al alcance de la Resolución N° 29/2014 de la Secretaría de Comercio Interior, se informó oportunamente que la misma no se aplica a las empresas de TV por Cable, pues en su art. 1° sostiene la obligatoriedad de informar mensualmente los precios de todos sus productos a las empresas de insumos y bienes finales. Por lo tanto y no haciendo referencia a servicios, no tiene aplicación a nuestra actividad.
SATSAID
Referido al aspecto estrictamente paritario, como resulta acostumbrado con fecha 14/5/2014 el SATSAID presentó sus pretensiones de aumento salarial para el período 2014-2015. Los representantes gremiales plantearon un aumento salarial anual del 35% para los trabajadores de la actividad, una suma fija y por única vez de $ 6.000,- (seis mil pesos), y además solicitaron la conformación de una mesa específica para analizar y debatir la instrumentación de un fondo compensador para los empleados en condiciones de jubilarse. Se realizaron un número importante de reuniones entre los asociados para dar respuesta a la pretensión formulada.

Dadas las serias dificultades por las que atraviesa el sector, la realidad nacional y los acuerdos suscriptos por otras actividades, la mesa nacional autorizó a la Comisión Negociadora a arribar a un acuerdo de industria que no supere el 30%, debiendo reducirse de manera significativa la suma fija. Finalmente, se acordó con el SATSAID un aumento salarial del 30% en dos pasos, 19% con los haberes del mes de julio de 2014 y 11% con los de octubre de 2014. Asimismo, la suma fija se desdobló en 2 cuotas, la primera de $ 2.500 a abonar con los haberes de julio y $ 2.000 conjuntamente con los salarios de diciembre. De tal forma, la industria de la TV por Cable realiza un nuevo esfuerzo, con el objeto de aportar a la paz social y sostener el poder adquisitivo de la fuerza laboral.
SAL
La SAL como sucede con habitualidad replica en sus pretensiones lo acordado con el SATSAID. En consecuencia, el acuerdo por el año 2013 fue presentado ante las autoridades administrativas, y resultó homologado. El correspondiente al año 2014 se encuentra en su faz preparatoria, a efectos de presentarlo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y la Seguridad Social.
SAGAI
Relacionado con la SAGAI y luego de muchos meses de conversaciones, finalmente en el mes de marzo de 2014 se suscribió un nuevo acuerdo muy ventajoso para sus asociados, dado que reduce en un 30% el arancel final que se aplicará en el año 2022 y comienza a incorporar beneficios parciales en el arancel a partir del año en curso.
CLANDESTINIDAD
Atento la permanencia a través de los años de este flagelo que afecta a la TV por Cable y la falta de atención de las autoridades a las necesidades de la industria y el desconocimiento de los funcionarios que integran los organismos de control, la industria debió buscar respuestas a través de la Justicia donde se han obtenido resoluciones que nos permiten ser optimistas con vistas al futuro. Las empresas de la actividad deben denunciar los ilícitos, asimilándolos a las figura del robo, hurto, apropiación de derechos intelectuales, concurrencia desleal, delitos informáticos, etc., de conformidad a cómo se comete el ilícito, atento la falta de una legislación que tipifique los delitos de los servicios audiovisuales. En Argentina esta necesidad no forma parte de la agenda parlamentaria de este período democrático. No obstante la industria seguirá manifestándose en todos los estrados que correspondan y se encuentren disponibles, en la búsqueda de conseguir una norma que castigue a los infractores y dote de seguridad jurídica a nuestra actividad. Se estima que un 14% de la población conectada lo está en forma irregular.
CNDC
La inoperancia de la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia quedo de manifiesto , con los actos y acuerdos antijurídicos e ilícitos realizados por las empresas Telefónica de Argentina S.A., Telecom Argentina S.A. y DIRECTV S.A. No hubo novedad en las causas oportunamente iniciadas por la industria en el ámbito de la Comisión, mientras que en comparación la que tramita en la justicia ordinaria ha logrado hasta un pronunciamiento del máximo tribunal de la nación. Es clara la voluntad de los funcionarios en no darle tratamiento a los requerimientos de la TV por Cable perjudicando a empresas de capital nacional y, por el contrario, en beneficiar a las empresas extranjeras. Igual comportamiento se ha podido advertir de la Comisión, en todo lo relativo a los dictámenes que la Ley 26522 les exige en el caso de las cooperativas monopólicas de servicios públicos que solicitan licencias de servicios audiovisuales donde ya hay un operador de Cable.

Algo tan importante para la empresa PYME que puede resultar afectada por la competencia desleal de la cooperativa, es tratado con una total ausencia de responsabilidad en la Comisión, tanto que solamente se limitan a la cumplimentación mecánica de un formulario burocrático, que está muy lejos de cumplir con las exigencias de la ley y vulnera principios técnicos del Derecho Administrativo. Asimismo, algunos operadores han reclamado a la Comisión su activa participación en el seguimiento, solicitando se exija a las cooperativas beneficiadas con la adjudicación de una licencia de servicios de comunicación audiovisual por suscripción por vínculo físico, el estricto cumplimiento de la totalidad de las obligaciones establecidas por el art. 30 de la ley 26522. La respuesta de la Comisión fue nula, en una demostración evidente de su absoluto desinterés.
LEY DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL
Con la implementación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual (LSCA) se han profundizado los problemas que se venían advirtiendo con respecto a las reglas que establece esta norma. La puesta en marcha de la LSCA puso en evidencia el desinterés de las autoridades en comprender la realidad de la actividad de la TV por Cable. El único poder del Estado en que hemos podido expresarnos fue ante Corte Suprema de Justicia de la Nación, en ocasión de las audiencias públicas por el litigio que invalidaba algunos artículos de la LSCA, y en calidad de "amigos de una parte". No obstante esa participación, el Superior Tribunal de la Nación declaró a fines de octubre de 2013 la constitucionalidad de la totalidad de los artículos de la LSCA. A partir de esa decisión quedó expedita la etapa de la adecuación, que afecta a varios grupos de medios y empresas de Cable. Se mantuvieron reuniones con políticos de distintas fuerzas para hacer conocer los contenidos de la norma que perjudican a las empresas y a la actividad. Atento este cuadro de situación, se buscó comunicar a la opinión pública, los medios, las comisiones legislativas y en todos aquellos escenarios disponibles, las enormes dificultades que la actual norma les genera a la actividad. Hemos expresado la necesidad de cambiar la ley, resolver las asimetrías y beneficios que obtuvieron las empresas satelitales y cooperativas de servicios públicos monopólicos, en detrimento de la industria de la TV por Cable.

Además, consideramos que deberá estudiarse la necesidad de incorporar a la regulación otros servicios que no pagan ningún tributo, pero participan del mercado en forma creciente. Analizando la actividad desarrollada por la AFSCA, con el dictado de los Decretos Nros. 2004/2005/2071 y 2072/2013 se conformó la nueva integración del Directorio, ratificando en la presidencia a Martín Sabbatella y registrándose los ingresos de Gerardo Fabián Milman, quien ocupa uno de los sitios que corresponden a las fuerzas políticas de oposición, y al Sr. Néstor Raúl Avalle, designado por el Consejo Federal de Comunicación Audiovisual (COFECA) en reemplazo del actual Jefe de Gabinete de Ministros. La industria de la TV por Cable no espera que la nueva integración del Directorio produzca cambios significativos en el manejo del organismo. Continuando con la actividad del AFSCA, debe señalarse que ha dictado otras resoluciones, debiendo destacar la Resolución N° 1478/2013 que establece una serie de exigencias a los servicios de comunicación audiovisual y señales nacionales en el manejo de las imágenes de archivo, para distinguirlas de las emitidas desde el lugar y en el momento de los hechos. Su incumplimiento será sancionado. Asimismo, se procedió a reunirse con las autoridades de ATA, quienes realizaron una presentación ante el AFSCA, solicitando se establezca un plazo mayor a efectos de poder poner en práctica los detalles exigidos por esta Resolución, atento las dificultades operativas que tal cometido conlleva.

Durante las reuniones mantenidas con ATA, se recibió con preocupación lo dispuesto por la Resolución N° 0050/AFSCA/2014, que autoriza en forma precaria el funcionamiento y explotación de los servicios de televisión abierta de baja potencia a más de 10 canales de diferentes localidades de diversas provincias. La misma Resolución, en sus considerandos, establece la obligatoriedad que estas señales sean incorporadas a la grilla de televisión por cable que corresponda dentro de su ámbito de aplicación, de conformidad a lo dispuesto por el art. 65, punto 3), inc. d) de la Ley 26522. La preocupación se hace mayor aún, pues se conoce que existen más de 200 canales en todo el país en condiciones de recibir el mismo tratamiento. Esta situación puede llevar a generar un verdadero conflicto en las pequeñas y medianas empresas, que obligaría a dar de baja señales pagas de indudable atracción en sus abonados, para incorporar señales de baja calidad de emisión y que afectan la identidad de nuestro servicio. La industria de la televisión por cable manifestó en la reunión con ATA su predisposición para analizar la posibilidad de emprender alguna acción judicial en conjunto, en defensa de los intereses de la actividad. A través de las Resoluciones N° 595/14, 597/14 y 598/14 la autoridad dispuso cambios, modificaciones y nuevos ingresos a las grillas de los operadores de TV por Cable de todo el país y en los casos de la Resoluciones 597/14 y 598/14 para las provincias de Córdoba y Mendoza respectivamente.

Es un procedimiento violatorio de los derechos de los cableoperadores y un nuevo avasallamiento a la libertad de expresión de los licenciatarios para programar los canales que satisfagan el interés de los abonados. Tampoco es nueva la discriminación que se realiza en beneficio del servicio satelital de DIRECTV, que resulta expresamente excluida de cumplir con estas normas. También se produjo una nueva integración del COFECA. Se celebró un acuerdo sectorial que incluye como Titular 3° a Marcelo Tulissi y Suplente 3° a Ricardo Masini, por un período y luego se invierten los cargos entre ellos. Ambos representan a la industria del Cable, desde la Cámara Argentina de CableoperadoresPyMEs (CACPY) y de la ATVC respectivamente. Atento lo resuelto ATVC y CACPY establecieron que van a consensuar una misma línea de criterio al momento de votar en el organismo.

En el mes de junio de 2014 la Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo conocer su decisión en la causa que algunos de los asociados iniciaron contra las empresas telefónicas y el Estado Nacional, por la comercialización de servicios expresamente prohibidos por las normas vigentes. En efecto, los servicios de video-on-demand denominados Trío y Arnet Play, que son prestados por Telefónica de Argentina S.A. y Telecom Argentina S.A., habían sido alcanzados por una medida cautelar dictada por la Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal, ratificando un fallo de 1ª Instancia. La decisión de la Corte Suprema al desestimar los recursos presentados por la empresas telefónicas y el Estado Nacional, dejó vigente y plenamente eficaz aquella decisión de la Cámara que les ordenó a las telefónicas se abstuvieran de brindar estos servicios, y también les prohibió hacerlo mediante un tercero.
TELEVISION DIGITAL TERRESTE - PROYECTO GUBERNAMENTAL
La Televisión Digital Terrestre con casi 90 antenas de emisión y 1,5 millones de decodificadores entregados gratuitamente, compiten deslealmente con la TV por Cable. La plataforma, mediante importantísimas inversiones y subsidios del Estado, distribuye contenidos oficiales afines a sus políticas que son producidos por los canales públicos y otros privados, que gozan de muy elevados presupuestos. Estos reciben además privilegios normativos que fuerzan su incorporación a las grillas del Cable y reciben un importante apoyo publicitario. Ante semejante embate, la TV por Cable -en especial las PYMES- sufre la pérdida de abonados en proporción directa a la calidad de recepción del sistema de televisión pública y gratuita.

Otras acciones institucionales

Otras actividades institucionales durante el año 2014: